IMPUESTOS

El dineral que te van a quitar en impuestos según el dinero de tu pensión

Estos son los impuestos que vas a tener que pagar de tu pensión

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Los impuestos de tu pensión

El inicio del año 2023 trajo consigo cambios significativos para los jubilados en España, con la revalorización de las pensiones contributivas y no contributivas en un 8,5% y un 15%, respectivamente. Estas modificaciones, impulsadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones bajo la dirección de José Luis Escrivá, fueron solo algunas de las novedades que afectaron a los beneficiarios.

Entre otras, se destacaron la reforma del sistema de pensiones, el aumento de las prestaciones mínimas y máximas, así como los incentivos para retrasar la jubilación. Sin embargo, uno de los aspectos más relevantes para la mayoría de los beneficiarios es la tabla de impuestos que se aplica a las pensiones en función de los ingresos percibidos.

El 21 de noviembre, Escrivá entregó la cartera ministerial a Elma Saiz, quien asumió la responsabilidad de abordar cuestiones pendientes. A pesar de estos cambios, una constante persiste: las pensiones contributivas y no contributivas están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que se consideran rendimientos del trabajo a efectos fiscales.

Impuestos en la pensión

En este contexto, el pago de las pensiones de jubilación por parte de la Seguridad Social está sujeto a retención a cuenta. Si los rendimientos del trabajo superan los límites mínimos anuales exentos, se vuelve obligatorio presentar la Declaración de la Renta, incluso si ya no se está activo laboralmente. Además, este trámite es necesario si el beneficiario de la pensión ha obtenido rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales que superan los 1.600 euros anuales.

La obligación de presentar la Declaración de la Renta para los pensionistas se basa en la consideración de las pensiones como rendimientos del trabajo. Sin embargo, hay excepciones. Aquellos que reciben rendimientos del trabajo de un único pagador deben presentar la declaración si superan los 22.000 euros anuales. Este umbral incluye pensiones, haberes pasivos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y otras prestaciones públicas relacionadas con la jubilación, incapacidad, accidente, enfermedad, viudedad, entre otras.

Por otro lado, para quienes tienen rentas procedentes de dos o más pagadores, el límite para presentar la Declaración de la Renta es de 15.000 euros. En este caso, los ingresos del segundo y siguientes pagadores deben superar en conjunto los 1.500 euros.

Cuando existen dos pagadores, surge la posibilidad de recibir una pensión y, al mismo tiempo, una prestación de un plan de pensiones, considerada rendimientos del trabajo. En este escenario, al haber dos pagadores, se aplica el límite de 15.000 euros.

Además, con dos pagadores, puede darse el caso de percibir una pensión pública del sistema de Seguridad Social y, al mismo tiempo, una prestación de Seguridad Social de un país extranjero.

La tributación en España

La tributación de las pensiones de jubilación en España se determina según diversos tramos de renta que establecen la carga fiscal de cada contribuyente, tomando en cuenta los ingresos y la situación personal de cada contribuyente. Estos tramos se utilizan para calcular las retenciones a cuenta mensuales para cada jubilado, las cuales son incorporadas por el contribuyente en la Declaración de la Renta. Si el importe es inferior a la cuota líquida del IRPF, la declaración resulta a pagar, pero si el importe es superior, la declaración sale a devolver.

Aunque puede haber variaciones según las comunidades autónomas y las circunstancias personales, la tabla de retenciones a cuenta de IRPF para las pensiones en 2023 es la siguiente:

  • Hasta 12.000 euros anuales, la tributación mínima es del 1%.
  • Entre 12.001 y 18.000 euros anuales, la tributación mínima es del 2,61%.
  • Entre 18.001 y 24.000 euros anuales, la tributación mínima es del 8,69%.
  • Entre 24.001 y 30.000 euros anuales, la tributación mínima es del 11,83%.
  • Más de 30.001 euros anuales, la tributación mínima es del 15,59%.

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